En el mercado inmobiliario local hay una práctica creciente a adquirir propiedades para inversión mediante la creación de sociedades, especialmente en formatos como las SpA. Esta tendencia responde a varios factores, incluyendo la optimización fiscal y la protección patrimonial 

Adquirir bienes raíces mediante una sociedad tiene un gran beneficio: el tributario.  

Por un lado, si es que todos los ingresos que genera una propiedad te los llevas como persona natural, se van a sumar a tu global complementario. Y si es que tú ya tenías un ingreso más o menos alto antes del inmueble, probablemente vayas a pasar a un estrato tributario más alto,en cambio,  “cuando uno compra como sociedad, todos los impuestos son tributos de la empresa, que son más bajos que los de persona natural.  El total que se impone de lo que se gana con la propiedad no es todo lo que entra, ya que puedes deducir costos. Por ejemplo, si pagas gastos comunes, ese desembolso se resta de los ingresos para generar un neto final más bajo sobre el que se aplican los tributos .La sociedad puede deducir gastos necesarios para producir la renta, como depreciación, comisiones, reparaciones. Además, la persona jurídica puede deducir como gasto los intereses del crédito hipotecario: si el inmueble se arrendará con IVA (por tratarse de un inmueble amoblado o con instalaciones suficiente para el ejercicio de una actividad comercial), es posible solicitar una devolución de IVA conforme al artículo 27 bis del DL 825. 

Desventajas 

No todo es positivo en la tendencia de comprar propiedades mediante una sociedad. Por ejemplo, están las obligaciones administrativas y contables pueden ser más complejas y costosas que las de una persona natural, lo que incluye la necesidad de llevar contabilidad formal y presentar declaraciones tributarias periódicas. Además, las entidades jurídicas pueden enfrentar mayores exigencias por parte de las instituciones financieras al solicitar un crédito hipotecario, ya que estas empresas suelen exigir garantías adicionales o una evaluación más estricta del proyecto”. 

Conseguir un crédito como sociedad es más difícil. Además, muchas veces los bancos te dan un porcentaje menor de crédito. Y por último, los plazos son más cortos. Como sociedad, posiblemente te financien la propiedad a 15 años y no a 25 o a 30, y posiblemente no te permitan sacar el crédito con un 10% de pie, como en algunos bancos sí permiten a personas naturales”. 

¿Cuándo conviene comprar como persona natural? 

Esta opción suele ser más conveniente para quienes planean adquirir una o dos propiedades para uso personal o para arriendo sin complicarse con la gestión empresarial. Además, la carga tributaria sobre los ingresos por arriendo es generalmente menor para las personas naturales, especialmente si se trata de propiedades bajo el régimen DFL-2, que ofrece exenciones fiscales. 

Un punto importante a tener en consideración es que si no te vas a dedicar a la inversión en propiedades, quizás no vale la pena hacer todo el trabajo de la sociedad. Sobre todo si es que la propiedad no genera suficiente. Por ejemplo, imagínate que tu bien raíz es un estacionamiento y este te genera $70.000  mensuales. No te va a dar esa plata para pagar los costos operativos de la persona jurídica, como la contabilidad, y te va a generar más problemas que beneficios”. 

Las personas naturales pueden optar por un impuesto único del 10% sobre una eventual ganancia de capital (cumpliendo con ciertos requisitos). Además, hasta las 8.000 UF de utilidad en la venta de inmuebles es libre de impuestos (monto único y por toda la vida de la persona y también cumpliendo ciertos requisitos) 

Beneficios: 

Perjuicios: